viernes, noviembre 22

LA EXCEPCIÓN COMO REGLA

VENTA MASIVA DE TIERRAS PÚBLICAS EN CABA

Parte 2

por Proyectar Ciudad

Luego de que el resultado de las elecciones nacionales resultara adverso para Cambiemos, la política de venta de tierras se aceleró. Sobre el fin del año 2019, el Estado Nacional se apresuró a adjudicar la concesión de los bajo viaductos del ferrocarril Mitre mediante un proceso de selección poco transparente, a valores inferiores a los de mercado y en oposición a las asociaciones vecinales (1).

Las iniciativas que Cambiemos ejecutó para garantizar la continuidad del modelo de remate de tierras públicas también involucran la transferencia de importantes terrenos que eran propiedad de la Nación. Entre ellos se encuentran las tierras de la Villa 31, donde el Gobierno de la Ciudad está implementando un plan de venta de parcelas y relocalización de viviendas. Este plan provocó la resistencia de la Mesa de Urbanización de la villa, debido a la imposición de condiciones de venta excluyentes para la población del barrio y propicias para el negocio inmobiliario.

Junto a las tierras de la Villa 31, la Nación también transfirió las parcelas del ex Mercado de Hacienda y ex terrenos ferroviarios en los barrios de Villa Crespo, Palermo y Balvanera. En todos estos casos, los proyectos del Gobierno de la Ciudad implican el desarrollo de emprendimientos comerciales en los que no se contempla la provisión de infraestructura pública adecuada a las necesidades de cada barrio.

Este paquete de medidas de “fin de ciclo” nacional que apunta a sostener el proceso de privatización de tierras también incluye el proyecto del ex Tiro Federal, una de las joyas del patrimonio público porteño. Como se ha analizado en detalle en un informe previo, el proyecto del Gobierno de la Ciudad pondrá a disposición del sector privado 270.000 m2 de superficie destinada a oficinas y viviendas premium.

En este contexto, Rodríguez Larreta consiguió que la Legislatura Porteña apruebe el proyecto de ley para crear el régimen de disposición de bienes que da mayor discrecionalidad al Poder Ejecutivo para continuar con la política de venta de tierras. Antes de la sanción de este régimen, la disposición de bienes inmuebles estaba regulada en la Ley N° 2095, norma en la que se contemplaban todos los procedimientos de compras y contrataciones del GCBA, incluidas las ventas. La nueva norma, impulsada por Cambiemos, elimina de aquella ley todos los artículos que refieren a la disposición de inmuebles para crear un régimen separado, de enorme flexibilidad.

Gracias a la aprobación de esta nueva ley, el Poder Ejecutivo tiene un abanico de procedimientos. No está obligado, como lo estaba en la Ley de Compras 2.095, a vender inmuebles a través de una subasta pública (procedimiento regla cuando varios oferentes pujan por un bien subiendo y mejorando la oferta y generando entonces más fondos a la administración), sino que conforme artículo 8º de la nueva Ley, podrá optar por otros procedimientos de venta, de menor transparencia para la ciudadanía, como la subasta con preselección (que permitiría establecer criterios más allá de los montos para enajenar bienes).

Además, se introdujeron nuevas modalidades de pago (2), incluso de “pago en especie”, y se suprimió la referencia explícita a la necesidad de que la venta de inmuebles sea aprobada por la Legislatura Porteña. Si bien dicha obligación está plasmada en la Constitución de la Ciudad, su eliminación en el articulado del régimen de disposición de inmuebles se presta a suspicacias y desde los bloques de la oposición se alertó sobre esta situación.

Este menú de opciones –tanto en el procedimiento a elegir como en la forma de pago- se contradicen con uno de los principios expuestos en la propia ley en el artículo 3º, el de razonabilidad, en tanto “…en todos los procedimientos tendientes a la disposición de bienes inmuebles de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe existir una estrecha vinculación entre el objeto de la operación con el fin público comprometido.”, y el de eficacia y eficiencia, en tanto “…en toda operación que involucre la realización de obras deberán ponderarse los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega, y realizarse en las mejores condiciones para su uso final”.

Al aceitar los mecanismos que el Poder Ejecutivo debe cumplir para concretar la venta del patrimonio público, la ley promovida por Rodríguez Larreta consolida un polémico cambio de perspectiva sobre la cuestión de la enajenación de inmuebles. Para la normativa previa se trataba de un hecho excepcional, el cual merecía una discusión pública sobre su conveniencia y oportunidad. En cambio, el nuevo paradigma pretende convertir la excepcionalidad en norma. El Jefe de Gobierno podrá liquidar el patrimonio inmobiliario de la Ciudad sin un procedimiento riguroso de evaluación y control de las operaciones.

El nuevo paradigma pone en alerta a muchos sectores que en los últimos años se han visto amenazados por los planes de “relocalización” del Poder Ejecutivo. En el ámbito de la salud, Cambiemos ha sido elocuente en su voluntad de trasladar cinco hospitales a un único edificio para liberar los terrenos que ocupan (3). En el ámbito educativo, instituciones como el Romero Brest (4) y el Cerámicas 1 (5) también enfrentan proyectos de traslado. Del mismo modo, existen planes para vender inmuebles donde se ubican asociaciones vecinales como el Mercado de Flores (6), oficinas públicas como el Ministerio de Cultura, la ex Jefatura de Gobierno (7) o el Archivo General del Registro Civil (8). Mientras que en estos casos la normativa previa ha sido un obstáculo a la voracidad del negocio inmobiliario, el nuevo régimen de disposición de bienes extiende un cheque en blanco para que el Poder Ejecutivo pueda avanzar en la venta de terrenos sin control.
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  1. http://proyectarciudad.org/bajo-viaductos-mas-tierra-para-los-negocios-urbanos/
  2.  Artículos 25 y subsiguientes de la nueva Ley.
  3. https://www.perfil.com/noticias/sociedad/polemica-por-un-proyecto-que-unificaria-a-cinco-hospitales-de-zona- sur.phtml
  4. https://www.pagina12.com.ar/156225-los-profes-no-quieren-mudanza
  5. https://www.pagina12.com.ar/169971-un-amparo-que-se-volvio-desamparo
  6. https://lacomuna7.com.ar/los-motivos-de-la-oposicion-a-la-venta-del-mercado-de-flores/
  7. https://www.puraciudad.com.ar/en-una-feria-inmobiliaria-internacional-ciudad-pidio-us-50-700-000-por-los- edificios-bolivar-1-y-la-prensa/
  8. https://www.cronista.com/finanzasmercados/Larreta-quiere-subastar-medio-centenar-de-propiedades-portenas- 20180724-0091.html

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