La acción de amparo presentada por legisladores y algunos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de declarar inconstitucional la creación de las Unidades de Atención Ciudadana, fue rechazada en primera instancia por la jueza Gabriela Seijas, interviniente en la causa.
La jueza Gabriela Seijas del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 15, resolvió rechazar la medida cautelar agregando que “En primer término, cabe mencionar que la Constitución local otorga al Jefe de Gobierno atribuciones para establecer la estructura y organización funcional de la Administración Pública y para coordinar las distintas áreas de la Administración central con las comunas (confr. art. 104,inc. 9º y 15, de la CCABA)”.
“Las Unidades de Atención Ciudadana procurarán el buen funcionamiento en la prestación de servicios a cargo de otros ministerios, que actualmente se brindan en los Centros de Gestión y Participación Comunal, propendiendo a su optimización”, dicen desde el gobierno porteño. “Además, asistirán y promoverán la coordinación, supervisión y control en las prestaciones de dichos servicios, como por ejemplo, el de Rentas, el otorgamiento de licencias de conducir o los del Registro Civil”. sostienen.