viernes, noviembre 22

FIN DE LA IMPUNIDAD

El 14 de junio de 2005 la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaraba inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, en un fallo histórico que aceleró los juicios a más de un centenar de represores, permitió nuevas detenciones por violaciones a derechos humanos y abrió el proceso de Memoria, Verdad y Justicia.

El fallo, que puso fin al debate sobre la validez de las leyes contó con amplia mayoría de siete votos y se basó en pactos internacionales y en la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad

La decisión de la Corte fue recibida con beneplácito por el gobierno y organismos de derechos humanos, en especial las Abuelas y Madres de Plaza de Mayo.

Hace seis años, el entonces presidente Néstor Kirchner aseguró que el fallo le devolvió a los argentinos «la fe en la justicia» porque esas leyes llenaban «de vergüenza» al país.

La inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521, dictadas en el gobierno de Raúl Alfonsín, contó con el aval del entonces presidente de la Corte, Enrique Petracchi, y los ministros Antonio Boggiano, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Higthon, Carmen Argibay y Ricardo Lorenzetti.

En disidencia votó el más veterano de los ministros, Carlos Fayt, mientras que el vicepresidente de la Corte, el renunciante Augusto Belluscio, prefirió no emitir sufragio por un conflicto legal que mantuvo con uno de los querellantes en la causa puntual que trató la Corte.

Las bautizadas «leyes del olvido o del perdón» fueron dictadas en 1986 y 1987, en la presidencia de Raúl Alfonsín, y frenaron decenas de causas judiciales contra acusados por la represión ilegal en la última dictadura.

La Corte Suprema emitió el fallo en una causa puntual referida a un planteo del ex suboficial de la Policía Federal Julio «el Turco» Simón, detenido por el secuestro y desaparición de José Poblete, su esposa y su hija, el 27 de noviembre de 1978.

Los ministros entendieron que el Congreso no tenía facultades para dictar esas leyes que favorecieron a los jerarcas de la dictadura y sus subordinados, porque en esa época ya regían normas que impedían cerrar sin sentencia causas por graves violaciones a los derechos humanos.

El veredicto del máximo tribunal sentaba precedente para las demás causas abiertas a represores, como las de la ESMA y Primer Cuerpo del Ejército, reimpulsadas con la declaración de nulidad de las leyes en el Congreso Nacional, en agosto de 2003.

El planteo llegó a la Corte después que la Cámara Federal avaló la inconstitucionalidad de las normas dictada por primera vez por el juez federal Gabriel Cavallo.

También fue declarada inválida por jueces del interior del país que tramitan causas por violaciones a los derechos humanos, como en Córdoba, Chaco y Santa Fe.

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