El jueves 21 de marzo, en el marco del ciclo Marzo, Mujer y Memoria, que se lleva 7 de septiembre se presentó la película Campo de Batalla. Cuerpo de Mujer, en el ex centro clandestino de detención y tortura Olimpo de la Ciudad de Buenos Aires. Este documental, dirigido por Fernando Raúl Álvarez, retrata el sometimiento y la violencia de género que padecieron las mujeres víctimas del terrorismo de Estado, durante la última dictadura militar. Dieciocho sobrevivientes de distintos centros clandestinos y cárceles, relatan las dificultades para ser escuchadas, para declarar y para narrar sus vivencias, pero también las formas de resistencia y las luchas para poder hablar y denunciar públicamente a los represores como violadores.
Tras la proyección del film se desarrolló un debate y se arribó a las siguientes conclusiones:
- En nuestro país, La violencia sexual ejercida por la última dictadura militar, presenta elementos comunes con la violencia hacia las mujeres en las guerras y en los conflictos armados. Los cuerpos de las mujeres son atacados y ocupados como parte de una estrategia bélica de ataque al enemigo, como si ellos representaran también el territorio enemigo a ser ocupado, invadido, violentado.
- Durante el terrorismo de Estado esta violencia fue ejercida por los agentes del Estado como parte de una política sistemática y permanente de represión, precisamente para imprimir en el cuerpo y la sexualidad de las mujeres una marca, un mandato de aniquilación. En este sentido, la violencia sexual tiene un objetivo político, que es reestablecer el orden de género tradicional. Se castiga a las mujeres por transgredir los mandatos de género, por ser parejas de los militantes, por ser partícipes de los procesos de cambio social y por tener una activa participación política.
- Como tortura, la violencia sexual contra las mujeres tiene una doble connotación: disciplinarlas, porque invaden un campo que es masculino. Y castigarlas, por desobedecer al poder. El objetivo es hacerles creer que son nada. Ese ser nada es una demostración de que están reducidas.
- El derecho internacional ha calificado a la violencia sexual como un delito de lesa humanidad, una violación a los derechos humanos y un crimen de guerra. No todos los países cumplen con este tratado.
- Las secuelas de estas agresiones persiguen a las víctimas durante décadas. Esto se percibe en los testimonios de las víctimas es que son muy pocas las logran verbalizarlo sin volver atrás en un proceso de retraumatización.
- En los primeros registros sobre violaciones a los Derechos Humanos en nuestro país no se hablaba de agresión sexual como un método de tortura, pese que esta era una práctica habitual del aparato represivo.