CONSULTA POPULAR: RECOLETA SE LLAMARÁ RECOLETA
La Legislatura porteña aprobó una declaración de apoyo a la convocatoria de consulta popular para denominar Recoleta a la Comuna 2, que abarca todo y únicamente al barrio de Recoleta, tal como lo establece el artículo 6° de la Ley 1777.
En la Ciudad existe una Ley que regula la Consulta Popular, lleva el número 89, en artículo 3 de esa normativa establece que la consulta popular es una herramienta fundamental para que la ciudadanía emita su opinión en forma anterior a que los órganos de gobierno, resuelvan cuestiones de interés general.
En tanto, la Constitución de la Ciudad establece que “La Legislatura, el jefe de Gobierno o la autoridad de la Comuna pueden convocar, dentro de sus ámbitos territoriales, a consulta popular no vinculante sobre decisiones de sus respectivas competencias”.
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