sábado, noviembre 23

DELITOS SEXUALES DURANTE LA DICTADURA MILITAR

El fiscal federal Federico Delgado solicitó indagar a más de una decena de imputados por los delitos de lesa humanidad de índole sexual perpetrados contra 12 víctimas en los centros clandestinos de detención Cuatrerismo-Brigada Güemes y comisaría de Monte Grande durante la última dictadura cívico militar.
En el dictamen, el representante del Ministerio Público reiteró los fundamentos que vinculan los delitos sexuales con crímenes de lesa humanidad y destacó el carácter autónomo de esa clase de figuras legales y por tanto, su independencia de los tormentos.
Para el fiscal Delgado, “el sometimiento sexual de las detenidas se tradujo en un modo de instrumentar el miedo, la degradación, el castigo y el aniquilamiento predispuesto para las mujeres en particular”.
En el repaso de los hechos, el fiscal recordó que el centro clandestino de detención Cuatrerismo-Brigada Güemes, más conocido como Protobanco, funcionó entre noviembre de 1974 y febrero de 1977 bajo la órbita del Primer Cuerpo del Ejército Argentino y estaba ubicado en Camino de Cintura y Ricchieri, en el conurbano bonaerense.
Por su parte, la Comisaría de Monte Grande -en la calle Santamarina 474 de esa localidad- operó como centro clandestino de detención desde julio de 1976 hasta octubre de 1978, además de llevar a cabo sus funciones regulares.
Los casos relevados surgieron de los testimonios de las propias sobrevivientes, quienes incluso dieron cuenta de los abusos y violaciones sufridas por otras dos víctimas que continúan desaparecidas, pero que llegaron a narrar lo sucedido cuando coincidieron en los centros.
“Entendemos que no existe margen de error al afirmar que la que nos convoca constituyó una práctica habitual que formó parte del ataque generalizado contra la población civil diseñado por el gobierno de facto que usurpó el poder en 1976 y estableció un plan sistemático de represión estatal”, señaló Delgado al interpretar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, implementado en la Argentina a través de la ley 26.200.
El instrumento internacional expresa que la violencia sexual es constitutiva de crímenes de guerra, genocidio y lesa humanidad, por lo que, continuó el fiscal, los hechos desplegados en nuestro país habilitan su caracterización como delitos de lesa humanidad y los torna imprescriptibles.
En ese sentido, agregó que estas agresiones «implicaron un ataque generalizado y sistemático en la medida en la que fueron replicadas en todos y cada uno de los niveles de mando y ejecución del plan, a lo largo y ancho del territorio nacional».
El titular de la Fiscalía Federal 6 reseñó que, si bien existe una raíz común entre los delitos sexuales y la aplicación de tormentos porque ambos implican una afectación a la dignidad humana, el Estatuto de Roma las entiende como conductas delictivas independientes.
Por ello, destacó la necesidad de visibilizarlos como delitos autónomos que violan derechos humanos -de las mujeres en particular- “por estar dirigidos a ellas, en su condición de tales”.
Por esos motivos, solicitó que se le reciba declaración indagatoria a seis militares y policías en calidad de autores mediatos por violaciones y abusos sexuales; se ordene un reconocimiento fotográfico, y en base a los resultados que arroje, se realice el mismo acto procesal respecto de otros cinco imputados como autores directos de los hechos cometidos en ambos centros clandestinos de detención.

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