Tres policías de la Metropolitana fueron procesados por el desalojo en la Sala Alberdi del 12 de marzo del año pasado. Están imputados como coautores de homicidio agravado en grado de tentativa, por las heridas de bala con postas de plomo sufridas por dos reporteros gráficos de la Red Nacional de Medios Alternativos (RNMA) y el integrante de una biblioteca popular. Lo resolvió la Cámara Nacional de Apelaciones.
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el jueves el procesamiento de tres efectivos de la Policía Metropolitana por las heridas de bala que sufrieron tres personas debido al desalojo por la toma de la Sala Alberdi del Centro Cultural San Martín.
El fallo lleva los votos de Gustavo Bruzzone y Mirta López González y respeta la calificación asignada por la Fiscalía de Instrucción N°7 a cargo de Joaquín Rovira, que interviene en la causa que ahora quedó más cerca de llegar a juicio oral. Los uniformados Nelson Maximiliano Acosta, Miguel Antonio Ledesma y Gabriel Heriberto Pereira de la Rosa habían sido procesados como “coautores de homicidio agravado por [ser] miembros de una fuerza policial y haber abusado de sus funciones en grado de tentativa, reiterado en tres oportunidades que concurren en forma real entre sí y todos en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
En primer lugar, los jueces consideraron que “se encuentra acreditado, a esta altura del proceso y con la entidad probatoria que lo requiere, que las heridas de (Mario) Fumaroni, (Esteban Leonel) Ruffa y (Germán Darío) De Los Santos fueron efectuadas con postas de plomo”. Para ello tuvieron en cuenta los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense: al fotógrafo De los Santos, una bala le atravesó la pierna y dejó un orificio de salida; su colega Ruffa, por su parte, al día de hoy tiene alojada la munición en la tibia izquierda; a Fumaroni, en cambio, los médicos del hospital Argerich le extrajeron el proyectil.
“No se encuentra cuestionado por las partes la circunstancia de que Acosta, Ledesma y Pereira de la Rosa se hallaban en el lugar de los hechos en el que resultaron heridos los damnificados, por haber sido desplazados para el operativo dispuesto por el conflicto suscitado a partir del desalojo por la ocupación de la Sala Alberdi del Centro Cultural General San Martín en el marco de un reclamo gremial”, continuaron los magistrados. “Acosta, Ledesma y Pereira de la Rosa portaban escopetas ‘Mossberg’ calibre 12/70 (extremo que, además, fue reconocido por los imputados) y sus grupos prestaron funciones en la zona donde fueron lesionados los damnificados”, agregaron. En ese sentido, recordaron que en un allanamiento realizado en el domicilio de Pereira de la Rosa se secuestraron 165 cartuchos de munición múltiple calibre 12/70 PG de postas de plomo o perdigones, “que luego se determinó son coincidentes en tamaño con aquella posta extraída del cuerpo de Fumaroni”.
Por otra parte, Bruzzone y López González instaron a que las autoridades de esa fuerza de seguridad “confeccionen de manera urgente un protocolo para la reserva de armas vinculadas a hechos de estas características, así como también una regulación estricta en la entrega y devolución del armamento y municiones, motivo por el cual se encomendará a la instructora que se oficie al respecto al jefe de esa fuerza y al ministro del área”, a raíz del “defectuoso registro que lleva la Policía Metropolitana en lo que a la asignación de armamento para este tipo de operativos respecta”.
Fuente. Fiscales.org