Por Carlos Wilkinson *
En otro intento del macrismo por cumplir con la decisión del Jefe de Gobierno de impedir el desarrollo de las Comunas como organismos independientes y participativos, la legisladora Herrero organizó unas Jornadas sobre las posiciones jurídicas institucionales respecto a esta novedosa institución porteña. Luego del rotundo fracaso experimentado por el Secretario de Atención Ciudadana y el bloque de legisladores PRO en su intento de modificar la ley de Comunas, la legisladora Herrero ha comenzado una nueva maniobra. Está destinada a cuestionar la ley, a limitar las funciones comunales y a impedir la participación vecinal libre e independiente en las mismas, desde el ángulo legal.
La jornada consistió en dos mesas de cuatro expositores cada una. De los ocho expositores solo dos (Dr. Gil Domínguez y Dra. Gelli) se mostraron satisfechos e ilusionados con la Constitución de la Ciudad y la ley de Comunas. Otros dos (Dres. Barra y Sabsay) dieron una visión jurídicamente descriptiva de las mismas sin emitir juicios valorativos. Los restantes cuatro (Dres. Gallego Fedriani, Spota, Laplacette en representación de Badeni y Pacheco en representación de Bianchi) por el contrario, se mostraron claramente interesados en demostrar, mediante sofisticadas deducciones realizadas a partir de categorizaciones jurídico doctrinarias abstractas, que las Comunas no debían tener ninguna capacidad de decisión propia y que no eran otra cosa que una dependencia más del Jefe de Gobierno de la Ciudad. Uno , incluso se animó a decir que la ley de Comunas era anticonstitucional y otro aseveró, en un evidente ridículo, que las Comunas eran un ¡Ente Paraestatal!
La Dra. Gelli respondió brillantemente a estas argumentaciones afirmando que las instituciones son lo que está escrito en las leyes y que estas responden a necesidades sociales expresadas a través de la interacción de las fuerzas intervinientes en la elaboración y sanción de dichas leyes. En consecuencia las leyes no tienen porque encajar en las categorías jurídicas preexistentes. Las Comunas como instituciones descentralizadas con un fuerte componente de participación popular, son una institución mucho más rica que las categorías doctrinarias en función de las cuales se pretende menoscabarlas y descalificarlas. Esta afirmación adquiere mayor peso en el caso de la Ley de Comunas que fue la primera y única ley elaborada a través de un proceso participativo en el que intervinieron miles de vecinos de la ciudad. Ante esta realidad, que muestra una ley tan original y creativa como es la ley de Comunas, con mayor razón los análisis jurídicos deberían adecuarse a lo que es la realidad legal y social establecida, en lugar de, en función de principios extraídos del olimpo jurídico, pretender impedir que dicha realidad se realice y desarrolle.
De esta forma, quedó en evidencia la engañosa maniobra que sustenta la campaña iniciada por la Legisladora Herrero : fundarse en supuestos principios jurídicos abstractos para justificar que las Comunas no tengan la más mínima posibilidad de tomar decisiones por sí mismas y, si las toman, declararlas inconstitucionales.
Con esta operación de la legisladora Herrero, por el lado legal, acompañada por la nula transferencia de recursos y competencias instrumentada por el Sr. Maquiavelli, por el lado fáctico, la voluntad política macrista de destruir la capacidad de decisión y la participación vecinal libre e independiente en las Comunas, queda en evidencia y se encuentra en plena ejecución.
Los vecinos que queremos ser protagonistas en la construcción de los distintos aspectos que hacen a la vida de nuestros barrios y nuestras Comunas les decimos: NO PASARÁN
*Miembro del Movimiento Comunero Miembro del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 13