El juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Mántaras, ordenó al Gobierno porteño que, en un plazo de 48 horas, brinde una vivienda o fondos para acceder a ella a una mujer, madre de siete hijos, que fue desalojada mientras se hallaba internada en un hospital de esta capital.
La medida cautelar, dictada a pedido de una mujer que reclamó «de forma stable y permanente» una solución inmediata a su problemática habitacional, tendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva. La mujer de 52 años, diabética insulinorrequirente (tiene amputados varios dedos de ambos pies), que padece obesidad, hipertensión arterial, neumonía, bronquitis, problemas visuales y necesita silla de ruedas y bastón para desplazarse, expuso que tras estar internada en el Hospital Piñero, cuando fue dada de alta, no pudo acceder a la vivienda que habitaba y señaló que era beneficiaria del programa “Atención a familias en situación de calle”, pero que la ayuda, a pesar de sus pedidos ante el Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no le había sido renovada, por lo que sus ingresos se reducen a 5.600 pesos mensuales en concepto de pensión no contributiva por ser madre de siete hijos.
Para dictar la medida cautelar el juez tuvo en cuenta que la demandante “ha invocado diversos derechos de raigambre constitucional” como a “una vivienda, a la salud y a su dignidad”.
El magistrado hizo un repaso de las normas nacionales e internacionales que sustentan su decisión provisoria.
Agregó que la adhesión del Estado Argentino “y (por lo tanto) de sus diferentes descentralizaciones federales, entre ellas, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los distintos sistemas internacionales de protección de los derechos humanos, tiene por directa consecuencia asumir el compromiso de respetar y hacer cumplir una extensa nómina de obligaciones vinculadas».